Exención de servicio social

Los alumnos o egresados que sean trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, no estarán obligados a prestar servicio social distinto del desempeño de sus funciones, conforme el artículo 91 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México, para lo cual deberán subir al sistema de servicio social web y presentar en formato físico al Encargado de Servicio Social y Titulación correspondiente:

  1. Oficio exención de servicio social, en hoja membretada, emitido por la dependencia gubernamental donde labora.
  2. Copia del nombramiento o contrato.
  3. Original y copia del primer y último talón de pago, que amparen un año de servicio en la dependencia.

El Encargado de Servicio Social y Titulación, validará en el sistema y liberará el servicio social a los alumnos que subieron el oficio de exención al sistema de servicio social web y lo entregaron de manera física, junto con la demás documentación, en ventanilla de Servicio Social y Titulación.

Para la licenciatura en Médico Cirujano, es obligatorio cumplir con el servicio social en los términos establecidos por la Secretaría de Salud y la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud, por lo que la vía de exención no aplica en su caso.