Los egresados podrán optar por esta opción si, además de cumplir con los requisitos señalados en el Artículo 204 del Reglamento General de Alumnos, cuentan con un promedio mínimo de 7.0 y obtienen un dictamen favorable, conforme al Artículo 212 del Reglamento General de Alumnos, emitido por el Comité de Evaluación Académica, que valorará que:
El egresado deberá presentar a la Jefatura de Área Académica o Coordinación de Posgrado correspondiente, la documentación que compruebe que el posgrado cumple con todos y cada uno de los requisitos antes mencionados.
El resultado del dictamen, será entregado al egresado por la Jefatura de Área Académica o Coordinación de Posgrado, previa validación en Secretaría General Escolar, en un plazo máximo de quince días hábiles a partir de la solicitud y será inapelable.
El dictamen cuenta con una vigencia de cinco años, a partir de la fecha de emisión. Los dictámenes vencidos podrán ser actualizados, siempre y cuando el programa académico y la institución de educación superior que lo imparte, continúen conservando los elementos evaluados.
Una vez iniciado el proceso de titulación, por la opción de estudios de posgrado el egresado deberá cursar y acreditar el 100% de los créditos de especialidad, el 50% de créditos de maestría o doctorado, previamente registrado.
Es responsabilidad del egresado asegurarse por medio del registro de su opción de titulación, que el posgrado que cursará es viable como opción de titulación.